El Kit Digital es una gran oportunidad para que autónomos y pymes digitalicen su negocio con ayudas del Gobierno. Sin embargo, hay una duda que surge constantemente: ¿qué pasa con el IVA? ¿Quién lo paga? ¿Se puede recuperar? En este artículo respondemos a cómo se paga el IVA una vez se ha obtenido el Kit Digital.
¿Quién asume el IVA en el Programa Kit Digital?
Aunque el bono digital cubre el coste de las soluciones digitales, el IVA asociado a estos servicios no está incluido en la subvención. Esto significa que el beneficiario debe asumir el pago del IVA correspondiente al servicio contratado. Por ejemplo, si se contrata una solución digital valorada en 10.000 euros, el bono cubrirá ese importe, pero el beneficiario deberá abonar el IVA correspondiente (21% en España, es decir, 2.100 euros).

¿Es posible deducir el IVA pagado?
Sí, el IVA abonado por el beneficiario puede ser deducible en la declaración trimestral del impuesto, siempre y cuando la empresa o autónomo esté sujeto al régimen de deducción del IVA y los servicios contratados estén relacionados con su actividad económica. Es recomendable consultar con un asesor fiscal para asegurarse de cumplir con todos los requisitos y procedimientos necesarios para la deducción.
Procedimiento para el pago del IVA
- Contratación del servicio: Una vez que el bono digital ha sido aprobado y concedido al beneficiario, este debe proceder a la elección de un agente digitalizador autorizado dentro del catálogo oficial del programa. Es fundamental seleccionar una empresa que ofrezca la solución digital que mejor se adapte a las necesidades del negocio, ya sea una página web, una tienda online, un sistema de gestión empresarial o cualquier otra herramienta subvencionada.
Una vez tomada la decisión, el beneficiario firma un acuerdo de prestación de servicios con el agente digitalizador. En este documento se detallan aspectos clave como el alcance del servicio, el coste total, los plazos de implementación y la forma en que se aplicará la subvención. Es recomendable revisar detenidamente el contrato y asegurarse de que toda la información esté clara antes de proceder.
- Emisión de la factura: Cuando el servicio ha sido contratado y se inicia su implementación, el agente digitalizador procede a la emisión de la factura correspondiente. En ella se reflejará el coste total del servicio prestado, incluyendo el IVA desglosado.
Es importante destacar que el importe neto del servicio (sin IVA) será cubierto por el bono digital, mientras que el IVA deberá ser abonado directamente por el beneficiario. La factura emitida debe cumplir con todos los requisitos legales y fiscales, incluyendo los datos del proveedor, del beneficiario, el concepto detallado del servicio y la base imponible sobre la que se calcula el impuesto.

- Pago del IVA: Una vez recibida la factura, el beneficiario debe proceder al pago del importe correspondiente al IVA directamente al agente digitalizador. Este pago es obligatorio y debe realizarse en el plazo acordado, generalmente antes de que se formalice la prestación del servicio.
El importe del IVA dependerá del tipo de servicio contratado y del porcentaje vigente en España (actualmente el 21% en la mayoría de los casos).
Este importe puede ser deducible en la declaración trimestral del IVA, siempre y cuando la actividad económica del beneficiario lo permita y se cumplan los requisitos fiscales establecidos. Para garantizar una correcta gestión, se recomienda conservar la factura y consultar con un asesor fiscal que oriente sobre los trámites necesarios para la deducción.
- Gestión del bono: El importe neto del servicio (sin IVA) es cubierto por el bono digital y gestionado directamente entre el agente digitalizador y la entidad encargada del programa.

Importancia de una correcta gestión del IVA
Es fundamental que los beneficiarios del Programa Kit Digital gestionen adecuadamente el pago y la deducción del IVA para evitar posibles sanciones o problemas fiscales. Una correcta contabilización y declaración del impuesto asegura el cumplimiento de las obligaciones tributarias y permite aprovechar las ventajas fiscales disponibles.
En resumen, aunque el Programa Kit Digital ofrece una excelente oportunidad para la digitalización de pymes y autónomos, es esencial tener en cuenta que el IVA de los servicios contratados debe ser asumido inicialmente por el beneficiario, quien posteriormente podrá deducirlo en su declaración de impuestos, siempre que cumpla con los requisitos establecidos.
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